El arzobispo de Tucumán, monseñor Carlos Sánchez, realizará una visita pastoral a Parroquia Nuestra Señora de Guadalupe del 1 al 4 de octubre.

Monseñor Carlos Alberto Sánchez, arzobispo de Tucumán, realizará entre el 1 y el 4 de octubre una visita pastoral a la Parroquia Nuestra Señora de Guadalupe, en el barrio Lomas de Tafí, según confirmó la propia institución religiosa.
La agenda de cuatro días en Lomas de Tafí
El cronograma combina actividades institucionales, educativas, sociales y litúrgicas.
El jueves 1 comenzará con la recepción del arzobispo a las 15:30, seguida de una visita educativa, un recorrido con bendiciones por distintos puntos de la jurisdicción parroquial y una visita a la Policlínica local, previa a la celebración de la misa de cierre de la jornada.
El viernes 2 incluirá visitas institucionales, educativas, de salud y de seguridad durante la mañana, un encuentro con autoridades municipales a las 11:00, actividades con la comunidad educativa y un recorrido por escuelas de la zona por la tarde. La jornada cerrará con una misa a las 20:00, seguida de adoración, rosario y confesiones.
El sábado 3 estará orientado a las familias: incluirá misas, la bendición de comercios de la zona y una serie de encuentros con niños y familias en la comunidad San Juan Diego.
El domingo 4, último día de la visita, incluirá un recorrido por la obra en construcción del nuevo templo parroquial y un encuentro con jóvenes por la tarde. La jornada —y la visita pastoral— cerrará a las 20:00 con una misa en la que, además, se presentará oficialmente al sacerdote Martín Aversano como nuevo adscripto a la parroquia.
Qué establece el Derecho Canónico sobre la visita pastoral
La visita pastoral no es una recorrida protocolar, sino una obligación que el Código de Derecho Canónico impone a todo obispo diocesano. El canon 396 establece que debe visitar su diócesis cada año, de forma total o parcial, de modo que la recorra por completo al menos cada cinco años. El canon 397 determina que quedan sujetos a esa visita las personas, instituciones, bienes y lugares sagrados que se encuentran dentro de la diócesis, mientras que el canon 398 dispone que el obispo debe realizarla «con la debida diligencia», evitando generar gastos innecesarios a la comunidad visitada.
